Reforma constitucional prioriza a la CFE, redefiniendo la relación con empresas privadas.
![SCJN prioriza a la CFE sobre empresas privadas](https://static.wixstatic.com/media/53838c_f1bcc09d9cbb4f0085bd0c96d6ccf44f~mv2.jpg/v1/fill/w_900,h_506,al_c,q_85,enc_auto/53838c_f1bcc09d9cbb4f0085bd0c96d6ccf44f~mv2.jpg)
Multius (multiius.wixsite.com). La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió esta semana revocar los amparos que habían sido otorgados a ocho empresas privadas en contra de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE). La decisión, aprobada por unanimidad por la Segunda Sala de la SCJN, responde a la reciente reforma constitucional que otorga preponderancia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las empresas privadas en el sector energético.
Las compañías afectadas, entre ellas Parque Salitrillos, Parque Solar Don José, Alimentos Sello Rojo, y Fuentes de Energía Peñoles, habían promovido recursos legales argumentando que la LIE violaba el principio de libre competencia. Sin embargo, la reforma promulgada el 31 de octubre de 2024 modificó los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución, estableciendo un nuevo modelo energético que da prioridad a las empresas públicas.
De acuerdo con el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama, otorgar la protección judicial a estas empresas implicaría ordenar actos contrarios a las disposiciones constitucionales vigentes. “No se puede pretender que las autoridades apliquen normas derogadas cuyo enfoque es un mercado competitivo”, se señaló en la resolución.
La reforma constitucional transformó el enfoque del sector energético mexicano, priorizando la sustentabilidad y la participación estratégica del Estado a través de la CFE. Aunque las empresas privadas pueden seguir operando en ciertos sectores, estas deben ajustarse a un modelo donde ya no se privilegia la libre competencia como eje rector.
El fallo de la SCJN ha generado reacciones mixtas. Mientras algunos sectores lo consideran un avance hacia la soberanía energética del país, opiniones diversas señalan que estas medidas limitan la inversión privada y podrían afectar la competitividad del sector. Asimismo, se advierte que este tipo de resoluciones podrían desalentar futuros litigios empresariales en contra de políticas gubernamentales, al consolidar la prevalencia de las reformas constitucionales.
Este caso es un ejemplo clave de cómo las reformas estructurales redefinen la relación entre el Estado y las empresas privadas. La resolución de la SCJN refuerza el nuevo marco jurídico del sector energético, dejando en claro que las disposiciones constitucionales tienen prioridad sobre las interpretaciones previas de las leyes secundarias. Con ello, se establece un precedente significativo en la política energética y legal del país.
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